EL COMITE DE DERECHOS HUMANOS RECOMENDO A LA ARGENTINA MODIFICAR LA LEY QUE PENA LA INTERRUPCION DEL EMBARAZO
La ONU, contra las restricciones al aborto
Tras elogiar al país por los juicios por delitos de lesa humanidad, el informe advierte sobre el “desamparo” que genera la penalización del aborto y la falta de implementación de la ley que pena la violencia contra las mujeres.
El Estado “debe modificar su legislación” para que “ayude efectivamente a las mujeres a evitar embarazos no deseados”, dice el informe.
En Argentina, dos de las cuatro situaciones preocupantes en lo que a derechos humanos respecta involucran a mujeres. Así, al menos, lo ha comprendido el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas (CDH) que, tras evaluar la presentación hecha por el Estado nacional y las observaciones planteadas por organizaciones de la sociedad civil, señaló la gravedad del desamparo generado por la penalización del aborto, la falta de implementación de la ley que castiga la violencia contra las mujeres y la necesidad de extender algunos servicios de atención a víctimas, el hacinamiento en las cárceles y las detenciones en sedes policiales, y la situación de los pueblos originarios (ver recuadro).
En su conjunto, las observaciones finales del CDH fueron recibidas con satisfacción por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Como señaló a este diario el subsecretario Luis Alén, quien participó de la comitiva que presentó el informe estatal ante el Comité, “la primera parte toma nota de los avances que se produjeron, lo cual es bueno” (ver nota aparte). Lo demás, indicó, son asuntos “sobre los que se está trabajando y que, en muchos casos, tienen más que ver con situaciones provinciales, pero nos parece bien que, entre las preocupaciones, el Comité haya incluido el sistema federal”, por lo que en el mediano plazo serán parte importante del temario que abordará el Consejo Federal de Derechos Humanos, cuya reunión está prevista para el 7 y el 8 de abril.
El desamparo y la desigualdad de situaciones que pueden sufrir las argentinas “por la legislación restrictiva del aborto” y la “inconsistente interpretación por parte de los tribunales” a la hora de aplicar el artículo 86 y definir, en cada caso judicializado, si se trata o no de un caso no punible, constituyen otro núcleo de las observaciones de Naciones Unidas. El Estado argentino “debe modificar su legislación” para que “ayude efectivamente a las mujeres a evitar embarazos no deseados y que éstas no tengan que recurrir a abortos clandestinos que podrían poner en peligro sus vidas”. Para ello no sólo es preciso trabajar sobre la ley: también está pendiente “adoptar medidas para la capacitación de jueces y personal de salud sobre el alcance del artículo 86 del Código Penal”, en un sentido que, según se desprende del informe, esté lejos del espíritu restrictivo.
“El artículo 86 resulta claro cuando dice que es no punible un aborto realizado en defensa de la salud de la mujer”, comparte Alén, quien recuerda que la secretaría se presentó como amicus curiae en el primero de los dos casos judicializados en Chubut, de las jovencitas violadas y embarazadas por sus padrastros, y estaba en tren de hacer lo propio, en consonancia con el Consejo Nacional de las Mujeres, en el segundo, cuando la vía judicial otorgó el pedido a la víctima.
Hasta tanto vaya avanzando el trámite parlamentario de los proyectos de despenalización, Alén asegura que la secretaría insistirá con la estrategia de acompañar a las víctimas en los procesos cuando se judicializa la solicitud. “Sin embargo, creemos que, en los casos previstos por el artículo 86, pedir la autorización judicial no es necesario, porque la ley es clara en defender la salud de la mujer y permitir la interrupción en casos de violación”. En breve, por lo demás, la secretaría deberá exponer también este tema ante el Consejo Federal, al que, según se comprometió durante la exposición ante el CDH, pedirá que las instancias locales reclamen a las autoridades sanitarias de cada jurisdicción las guías de atención de abortos no punibles, realizadas durante la gestión de Ginés González García en el Ministerio de Salud.
La sanción de la Ley Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres fue recibida “con satisfacción” por Naciones Unidas. El CDH señaló, sin embargo, su preocupación por “las deficiencias en su aplicación efectiva”, habida cuenta de que aún no ha sido reglamentada ni puesta en práctica. El informe indica que ambas cuestiones deben ser solucionadas a la brevedad, lo cual incluye contemplar “una dotación presupuestaria” que permita volverla real en todo el país. Además, es tarea pendiente la elaboración de estadísticas nacionales sobre estos casos, “con miras a tener datos fidedignos sobre la amplitud del problema y su evolución”. En un sentido similar, el informe releva que, aun cuando la creación de la Oficina de Violencia Doméstica (dependiente de la Corte Suprema) es positiva, atiende sólo a población porteña y del Gran Buenos Aires y sus servicios son limitados. Por ello la recomendación es “tomar medidas para garantizar que servicios” como los de la Oficina “sean accesibles en cualquier parte del territorio nacional y que la asistencia jurídica gratuita en los casos de violencia doméstica que llegan a los tribunales esté garantizada”.
El subsecretario Alén afirmó a este diario que la reglamentación está siendo elaborada y que se pondrá en marcha “a la brevedad”. “La demora obedece a que hay que buscar una reglamentación que haga efectiva la ley, no una que, finalmente, haga que en la práctica la ley no sea operativa. Creemos que este año va a estar instrumentada”, agregó. En tanto, el funcionario también aseguró que en distintas provincias se están realizando convenios de capacitación para que los tribunales locales puedan encontrar maneras propias de replicar la experiencia de la Oficina de la Corte.
Finalmente, la situación de las personas privadas de su libertad mereció también observaciones del Comité, aun cuando reconoce “la importancia del fallo de la Corte Suprema” en el caso Verbitsky, “que fijó los estándares de protección de los derechos” de esas personas. Todavía, señaló el CDH, es preocupante “la falta de medidas para la aplicación efectiva” de esos estándares. Sin embargo, en este punto Alén diferenció lo que sucede en el sistema penitenciario federal, “donde en este momento no existe ya esa situación de hacinamiento”, de otras dependencias penitenciarias provinciales. En algunos distritos se comenzó a fortalecer la voluntad de no convertir la prisión preventiva en regla (algo que también señala el CDH), aun cuando en algunas jurisdicciones las causas han aumentado y el promedio de días de detención, como en la provincia de Buenos Aires, se redujo a 360. Alén reconoce que en otros distritos el trabajo está pendiente. Sin embargo, “en provincias como Mendoza ha habido avances, como también los ha habido en atención médica, y en acceso a la educación para la población carcelaria.”
PÁGINA 12, Argentina, 26 de marzo de 2010
http://www.pagina12.com.ar/imprimir/diario/sociedad/3-142686-2010-03-26.html
domingo, 28 de marzo de 2010
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