viernes, 25 de julio de 2008

La orientación sexual también es un asunto de derechos. Daniel Soto

LA ORIENTACIÓN SEXUAL TAMBIÉN ES UN ASUNTO DE DERECHOS HUMANOS
Autor: DANIEL SOTO
La Violencia se manifiesta en muchas formas, unas a través de actos físicos en contra de ciudadanos y ciudadanas de Costa Rica, otra formas de violencia es por medio de la escritura, o marchas. Estos actos, aunque parecieran pasivos, llegan a las mismas conclusiones de violencia. El temor de una persona de ser quien es, por ser expuesto en el trabajo, en la escuela, en la calle es una forma de violencia. El temor que una persona vive que su compañero o compañera fallezca y ni siguiera tenga el derecho a ser parte del sepelio o consolada por su pérdida es una forma de violencia.
El negar el derecho de que la pareja de un o una costarricense herede los bienes que ambos acumularon durante los años de trabajo mientras estuvieron juntos, es una discriminación y acto de violencia en contra de una persona cuyas leyes no protegen.
El asumir que una persona gay o lesbiana no es parte de la familia y por ende no tiene el derecho de formar una, es además de discriminación es un acto de violencia en contra de una gran parte de nuestra población. Todo gay y lesbiana además de su compañera o compañero tiene padres, hermanos, sobrinos, abuelos y en muchos casos hijos e hijas. Esto constituye una familia. Negarle el derecho a formalizar una familia es un atentado en contra del núcleo familiar de nuestro país.
La prohibición de la discriminación está en el centro de cada uno de los principales instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas (ONU) relativos a la administración de justicia, como son el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los Principios Básicos de la ONU para el Tratamiento de los Reclusos, el Conjunto de Principios de la ONU para la Protección de Todas las Personas.
La discriminación significa privar a ciertos grupos de igual protección de la ley frente a la violencia dirigida contra ellos en forma de agresiones racistas, violencia doméstica o crímenes por odio homófobo. Estas manifestaciones violentas de los prejuicios suelen verse favorecidas por la inacción oficial. El procesamiento de los torturadores y el resarcimiento de los daños sufridos por las víctimas son elementos imprescindibles en la batalla para erradicar la tortura. Al obstruir el curso de la justicia, la discriminación refuerza la impunidad de los torturadores ya que les transmite el mensaje inequívoco de que pueden actuar libremente, sobre todo si torturan a personas procedentes de grupos sociales, políticos o étnicos marginados a los que la sociedad en general no escucha, cree ni defiende.
Según establecen las normas internacionales de derechos humanos, los gobiernos tienen la obligación de abordar la discriminación en todas sus manifestaciones. Deben adoptar medidas esenciales para garantizar el derecho de todas las personas a no ser torturadas ni maltratadas. Deben revocar toda legislación discriminatoria que propicie la tortura y niegue la igualdad de acceso a la justicia. Deben ofrecer protección efectiva frente a la violencia en el conjunto de la comunidad. Las leyes y las instituciones del Estado han de abordar las causas originarias de la discriminación, y no reproducirlas o fomentarlas con fines políticos.
La Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce "los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana" y el que todas las personas han de gozar de los derechos y libertades proclamados en esa Declaración "sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición". Las normas y mecanismos creados desde que se adoptó la Declaración Universal han reconocido y ratificado hace mucho tiempo el principio de no discriminación en relación con la orientación sexual.[1]

"Los derechos sexuales son derechos humanos […] El foro de Naciones Unidas cuenta con un largo historial de defensa de asuntos relacionados con la sexualidad y los derechos humanos y esta herencia se mantendrá hasta que todas las personas tengan libertad para ejercer todos sus derechos humanos sin sufrir discriminación de clase alguna. Las vidas y la seguridad de innumerables personas en todo el mundo dependen de ello."
La cuestión de los derechos sexuales se reveló como un tema común a varias de las resoluciones presentadas durante el periodo de sesiones de la Comisión en el año 2004. Paul Hunt, Relator Especial sobre el derecho a la salud física, señalaba en su informe de 2004 que "[...] la sexualidad es una característica que comparten todos los seres humanos. Es un aspecto fundamental de la dignidad del individuo y ayuda a definir a la persona" (E/CN.4.2004/49, apartado 54). Sin embargo, también quedó demostrado que la cuestión de la sexualidad era utilizada por algunas delegaciones, entre ellas, como la razón para intentar negar a los individuos el disfrute completo de sus derechos humanos.

[...] el término "discriminación" [...] debe entenderse referido a toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se basen en determinados motivos, como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento o cualquier otra condición social, y que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas.
Observación General 18 del Comité de Derechos Humanos, órgano de expertos que vigila el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por parte de los Estados.

El Comité de Derechos Humanos ha instado a los Estados a revocar las leyes que tipifiquen como delito la homosexualidad, y también a proclamar en su Constitución y en otras leyes fundamentales la prohibición de la discriminación basada en la orientación sexual.
La tortura y los malos tratos a gays, lesbianas, bisexuales y transexuales por parte de funcionarios del Estado no es sino la punta del iceberg de la violencia dirigida contra estas personas. Para muchos, la experiencia más habitual de la violencia estará en sus hogares, escuelas y lugares de trabajo, o en la calle. Mientras que el agresor y el escenario de dichos abusos puede variar, en la raíz de toda forma de violencia homófoba están la ignorancia y los prejuicios que impregnan la sociedad, la discriminación y la represión oficial, y la impunidad de que disfrutan los responsables.
Debido al estigma que conlleva la homosexualidad en muchas culturas, las personas que denuncian públicamente la violencia o los malos tratos infligidos a gays, lesbianas, bisexuales y transexuales a menudo son ignoradas, marginadas o maltratadas. La aquiescencia oficial permite que aumente la violencia contra estas personas oculta tras un velo de silencio e indiferencia. Éste ha sido especialmente el caso de la violencia contra las mujeres. Aunque algunos gobiernos pretenden negar que esa tortura existe —y hasta que en su país existen homosexuales—, otros la justifican abiertamente en nombre de la moralidad, la religión o la ideología. De una u otra forma, la consecuencia es que la tortura se sigue practicando y un sector de la población queda especialmente expuesto a sufrirla.
Sin embargo, ha surgido en todo el mundo un movimiento vehemente que hace oír su voz para acabar con la conspiración de silencio que envuelve la discriminación y la violencia contra gays, lesbianas, bisexuales y transexuales. Este movimiento cuestiona la retórica de los gobiernos que pretenden negar el hecho de que en todas las culturas se manifiesta la identidad homosexual o la conducta homosexual.



[1] Véase, por ejemplo, la decisión de 1994 del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en el caso de Toonen v. Australia, según la cual las leyes que penalizan la homosexualidad conculcan las cláusulas sobre derecho a la vida privada y no discriminación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Recientemente, el Comité de Derechos Humanos resolvió que la negación de prestaciones por jubilación a los miembros de una pareja del mismo sexo viola el derecho a la protección igualitaria ante la ley en virtud del mismo Pacto (Caso 941/2000: Young v. Australia).

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