Sala condena a Viviana Martin por violentar derechos de menor en favor de Telenoticias
La Sala Constitucional avaló un recurso de amparo presentado por la defensa de un menor, que acusó a los jerarcas del ministerio de Justicia de violentar los derechos fundamentales de un menor al que se le violentaron sus derechos para facilitar nota a Canal 7, que además lo vinculó como presunto miembro de una banda criminal.
Por Arturo Gudiño
A raiz del caso de Justicia y el Canal 7, la Sala decidió poner mano dura en lo que se refiere a los derechos de los menores, y volvió sobre sus pasos pare regresar a una línea dura jurisprudencial en esos casos.
"Todos los recurridos (jerarcas de Justicia) incumplieron su deber de resguardar la identidad y confidencialidad del menor amparado y su situación, haciendo, más bien, todo lo contrario, es decir, exponiéndolo indebidamente", señaló la resolución de la Sala.
En su resolución la Sala "ordena a Viviana Martín Salazar, ministra; Rebeca Herrera Padilla, directora; y, a Norberto Caballero Ríos, asesor legal; ambos del Centro de Formación Juvenil Zurquí, todos del Ministerio de Justicia y Gracia, o a quienes en su lugar ejerzan esos cargos, abstenerse de ejecutar conductas como las que dieron lugar a la estimatoria del recurso, advirtiéndoles que según lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional".
La Sala recordó que "se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo, y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado".
Además "se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en la vía de ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo".
El recurso fue votado de manera unánime por los magistrados Ana Virginia Calzada, presidenta de la Sala, así como por Adrian Vargas, Ernesto Jinesta, Roxana Salazar, Gilbert Armijo, Rosa María Abdelnour y Jorge Araya.
Los hechos
De acuerdo con el recurso, el menor fue entrevistado contra su voluntad en el el Centro de Formación Penal Juvenil Zurquí, donde está a la orden del Juzgado Penal Juvenil de San José".
Según la denuncia , "el 27 de febrero de 2009, se publicó, en las ediciones del medio día y de las 07:00 de la noche, del noticiero Telenoticias del canal 7, un reportaje efectuado al amparado dentro del centro en el que está recluido".
En dicho reportaje la periodista señaló que "el menor accedió a conceder la entrevista a la televisora recurrida; pero, al consultar a su madre y a él, como su defensor público y, por ende, encargado de su defensa técnica, se llegó a la conclusión de que lo procedente era no dar ninguna información a los periodistas".
Asimismo señala el recurso que "el día que se presentaron los funcionarios del noticiero, el amparado manifestó al asesor legal del centro que, por recomendación de su abogado, no daría ninguna declaración. Ante esto, el funcionario le indicó que ya él había dado su permiso, con anterioridad, y debía dar la entrevista, lo anterior, sin explicarle sus derechos de abstenerse a declarar y el principio de inocencia. Agrega que, durante la reunión sostenida con la periodista Jocelyn Alfaro, no estuvo presente ninguno de los padres del menor, su abogado o el asesor legal del Centro de Formación Penal Juvenil, lo que evidencia la violación de los derechos del amparado a contar con asesoría en el transcurso de la entrevista y durante el interrogatorio al que fue sometido".
No se protegió al menor
Además, "en la nota publicada, se dieron una serie de datos relevantes sobre el proceso seguido en contra del menor amparado, además, sobre los supuestos delitos que se le imputan, se presentaron imágenes del lugar de residencia del menor, sin ningún tipo de distorsión que protegiera su identidad, dado que, por las características de lo mostrado en televisión y de la voz del menor, es fácil reconocerlo".
"Los detalles ofrecidos perjudican las investigaciones seguidas y la defensa técnica del menor, igualmente, entorpecen sobremanera su caso y la estrategia a seguir. Añade que la periodista encargada de la entrevista emitió fuertes valoraciones en contra del amparado, al manifestar que es el joven más violento del barrio, que lideraba una banda, estigmatizando al menor y perjudicando su imagen frente a la sociedad. Afirma que las autoridades del centro penitenciario permitieron la realización de la entrevista al tutelado, en clara violación a los derechos de intimidad, de no declarar en su contra y al principio de inocencia establecidos en los artículos 24, 36 y 39 de la Constitución Política".
Ni privacidad ni confidencialidad
Por otro, el recurso avalado por la Sala indica que "se menoscabó la privacidad del proceso y el principio de confidencialidad, establecidos en los artículos 20 y 21 de la Ley de Justicia Penal Juvenil, de la misma manera, los derechos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores, en lo que se refiere al asesoramiento o presencia de los padres o tutores en cualquier etapa del proceso, la protección a la intimidad, derecho de defensa, principio de inocencia".
También se menciona "que el menor fue prácticamente obligado por el asesor legal del Centro de Formación Penal Juvenil Zurquí a dar declaraciones, pese a su edad, aspectos que no fueron tomados en consideración al momento de presentar la nota en las ediciones de Telenoticias del 27 de febrero pasado. De esas actuaciones tenía pleno conocimiento la Ministra de Justicia y Gracia, quien, también, dio declaraciones en la nota en cuestión. Considera que lo actuado por los recurridos lesiona los derechos fundamentales del amparado. El recurrente solicita que se declare con lugar el amparo.
INFORMATICO, Costa Rica, 9 de Julio de 2009
http://informa-tico.com/index.php?scc=articulo&ref=08-07-090012¬i=1
domingo, 12 de julio de 2009
En defensa de los derechos humanos de las personas menores de edad
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