viernes, 30 de abril de 2010

Está claro: la pedofilia no es asunto de personas homosexuales

Casos ocurrieron entre 2007 y 2009
PANI denunció a 390 adultos por embarazar a menores de 15 años
Sospechosos se exponen a penas carcelarias de entre 2 años y 16 años
337 adultos fueron condenados en 2008 por delitos sexuales con menores
Jairo Villegas S.
jvillegas@nacion.com

El Patronato Nacional de la Infancia (PANI) denunció a 390 hombres sospechosos de embarazar a menores de 15 años.

Las solicitudes de investigación las presentó esa entidad ante el Ministerio Público, dijo Mauricio Medrano, gerente técnico del PANI.

Esos casos fueron reportados a la línea telefónica gratuita del PANI 800-226-2626, entre los años 2007 y 2009, datalló Medrano.

Durante ese período dieron a luz 1.576 niñas entre 11 años y 14 años, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

En todos los casos debió abrirse una investigación, pero no fue posible conocer si ocurrió.

La Ley contra la explotación sexual de las personas menores de edad establece que se incurre en el delito de violación al tener relaciones sexuales íntimas con una menor de 12 años. En ese caso, el sospechoso se expone a un castigo de entre 10 años y 16 años de prisión.

Si la muchacha tiene entre 12 y 15 años (no cumplidos) el delito se llama relaciones sexuales con menor de edad, cuya pena carcelaria va de 2 años a 6 años.

El castigo es de 4 años a 10 años de prisión si el agresor es padre, abuelo, tío, hermano o tutor de la víctima.

Cuando la persona que comete el ilícito es un menor de edad, también puede ser castigado, aseguró ayer Mayra Campos, fiscal adjunta de la Fiscalía Penal Juvenil.

Para ello, el juez debe valorar el delito y decidir si el agresor cumple con una sanción que implique privación de libertad o someterse a algún programa de rehabilitación.

En el caso de requerir internamiento (cárcel), la pena máxima es de 15 años si el joven tiene entre 15 y 18 años (no cumplidos). Si tiene entre 12 años y 14 años, el castigo máximo es de 10 años.

Panorama

Mauricio Medrano explicó que existe delito aunque la menor diga que consintió la relación sexual.

“El tema de la voluntad es válido a partir de los 15 años pues antes no tienen la capacidad jurídica para consentir un acto de esa naturaleza”, apuntó Medrano.

Por su parte, el Poder Judicial, mediante su oficina de prensa, detalló que en el año 2008 fueron condenados 337 adultos por delitos sexuales contra menores de edad.

Además, otras 355 personas fueron absueltas.

Esa estadística no está disponible según la edad de la víctima, lo que significa que incluye a cualquier hombre o mujer que no haya alcanzado los 18 años.

Además, el Poder Judicial recibió 2.072 denuncias por delitos sexuales contra menores de edad también durante el 2008.

Mauricio Medrano aseguró que algunos hombres que embarazan a las menores tienen hasta tres veces más de edad que las niñas.

Por ello, Alejandra Vega, coordinadora de programas de la Asociación Demográfica Costarricense, dijo que es urgente ofrecer educación sexual a los menores.

“Empiezan la actividad sexual a más temprana edad y sin estar informados”, lamentó Vega.

Los contenidos de educación sexual, para impartirlos en las escuelas y colegios, están en análisis en el Consejo Superior de Educación.

LA NACIÓN, Costa Rica, 27 de abril de 2010
http://www.nacion.com/2010-04-27/ElPais/FotoVideoDestacado/ElPais2350472.aspx

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