SEXO EN LA SABANA
Luis Paulino Vargas Solís
http://www.tribunademocratica.com/2008/10/sexo_en_la_sabana.html
La Sala Constitucional rechazó el recurso de amparo interpuesto por varios ciudadanos en contra de la construcción del nuevo estadio nacional en la Sabana. En todo caso, el debate que se dio en relación con este asunto, tuvo derivaciones insospechadas que desnudan, con aguda impudicia, la doble moral de ciertos sectores de la sociedad costarricense.
Aclaro que, al margen de lo que haya dicho la Sala y en lo que a mi compete, ese estadio bien pueden llevárselo tan lejos como sea posible, preferiblemente a sitios menos congestionados. Sostengo que, en contra de la demagogia barata que alguna gente anda propalando, un estadio de este tipo no es, ni mucho menos, sitio para el disfrute y el esparcimiento del pueblo. Y ello por razones obvias: el acceso a sus instalaciones está restringido y normalmente requiere de un pago previo. Pero, sobre todo, afirmo –cosa que podría demostrarse fácilmente- que la enorme mayoría de la gente jamás va al estadio a ver partido alguno, o lo hace solo muy ocasionalmente.
Redundaré en algunas obviedades adicionales, cosa necesaria en vista de las tonterías que se han dicho. Primero, el parque de la Sabana, a diferencia del estadio de marras, sí es sitio de acceso libre e irrestricto. Como tal fue concebido y si en algún grado han sacrificado esa naturaleza fundamental que le es inherente, ello debería ser corregido de forma urgente (no opina igual la Sala IV). Segundo, San José –y en especial su zona central y las barriadas populares que le rodean- es, cada vez más, sitio inhóspito e irrespirable. Escasean parques, sitios para la práctica abierta del deporte, verdor y naturaleza. Y puesto que la Sabana quedará sin remedio con el fardo que le representará ese estadio, en todo caso sigue pendiente un proceso orientado a hacer de esta ciudad –y en especial de sus vecindades populares- un lugar decente y amigable donde vivir.
Ahora sí, y con la disculpa de quien me lee, vuelvo adonde empecé: la doble moral que envenena el alma de tanta gente en este país.
Resulta que, queriendo defender la idea del estadio chino, sacaron a flote argumentos que buscan desvalorizar el papel de la Sabana como parque de libre acceso. Y en el intento sacan a relucir argumentos de contenido sexual. Entonces se habla de que es el “motel de los pobres”, lo cual, y para el caso, viene siendo la versión literaria del asunto. O bien –y en la versión triple x- es el sitio de encuentro nocturno de los “pájaros”. Literalmente: pájaros. Como es del general conocimiento, ese es uno más entre el nutrido listado de términos ofensivos por medio de los cuales esta sociedad homofóbica desvaloriza, humilla y hostiga a los hombres homosexuales. Hasta el señor Gaetano Pandolfo –columnista de La República por quien en otros tiempos tuve algún respeto- ha sacado a relucir ese tipo de sucios argumentos.
Tres asuntos son aquí relevantes. Primero, la doble moral. Y que no me vengan a decir que estos señores que así hablan son unas almitas castas y virginales. Como si uno no conociera bien cómo funciona este patriarcado y en qué medida la lujuria y la infidelidad constituyen trofeos de caza en el escaparate de los machos.
Segundo, la homofobia galopante que los aqueja. Ya la ciencia ha reconocido que la homosexualidad no es una enfermedad, sino tan solo una variante dentro de la sexualidad humana. En cambio, la homofobia, si no es una enfermedad, se parece mucho. Porque se basa en la ignorancia y el odio y desconoce las nociones de respeto y dignidad. Eso es lo que ponen de manifiesto estos sujetos y, por cierto, ello da una buena idea de su catadura moral.
El tercer punto lo planteo en forma de pregunta: y si la Sabana fuera, efectivamente, sitio nocturno de encuentro sexual y amoroso (tanto para parejas homosexuales como heterosexuales) ¿Qué con eso? ¿En qué demerita tal cosa lo que la Sabana representa? La verdad es que pocas cosas en la vida son tan satisfactorias y placenteras como el sexo. Y, por gratificante, pocas cosas podrían ser tan bellas, incluso si se hace por el solo gozo de hacerlo, de forma libre pero responsable y respetuosa. Con más razón aún cuando hay amor de por medio. La verdad, además, es que el sexo es asunto adherido a cada persona, en lo más profundo de su propio ser. Somos seres plenamente sexuados, y lo somos desde que nacemos hasta que morimos. Es parte fundamental de nuestra naturaleza.
Sin embargo, y a lo largo de muchos siglos, el oscurantismo religioso ha labrado una imagen del sexo como algo sucio y ha hecho del cuerpo un estorbo incómodo y pecaminoso. Por esa vía, han producido infelicidad terrible en la vida de un infinito número de personas.
El oscurantismo religioso ha construido una moral enfermiza, basada, no en el amor al prójimo, como predicó el Jesús evangélico, sino en el odio del propio cuerpo y, por esa vía, en el odio a toda persona que se niegue a odiar su propio cuerpo. Por eso miran el sexo como algo repugnante. Justo porque el sexo está inscrito en el cuerpo mismo, como una de sus características dominantes. Y siendo el cuerpo y el sexo de tal forma objeto de odio y repulsión, han buscado reglamentarlos al detalle, encerrarlos en un conjunto de normas asfixiantes y aberradas. Por ello también la homosexualidad es perseguida con fiereza; porque se sale de esa reglamentación de muerte.
Pues es del caso que, de la forma más insospechada, la reyerta alrededor del asunto del estadio nacional, vino a sacar a la luz este sustrato enfermizo –de represión, doble moral, hipocresía y odio- que intoxica la mente de sectores de la sociedad costarricense.
TRIBUNA DEMOCRÁTICA, http://www.tribunademocratica.com/
domingo, 19 de octubre de 2008
La deuda externa y los organismos financieros internacionales atentan contra los derechos de las personas GLBT
Movimientos LGTB se suman a la Acción Global contra la Deuda y las Instituciones Financieras
Fuente: http://boletindiversidad.blogspot.com 18/10/2008
Distintas redes y organizaciones de personas gays, lesbianas, trans y bisexuales de América Latina se sumaron a la Semana de Acción Global contra la Deuda y las Instituciones Financieras Internacionales. En el comunicado difundido afirman que las personas GLTBs se ven afectadas específicamente por su orientación sexual e identidad de género por las políticas propiciadas por las IFIs, en cuanto a las condicionalidades impuestas para la implementación de programas de prevención y atención de personas con HIV-SIDA, las políticas sanitarias que apuntan a la privatización del sistema de salud público, único lugar de atención de las personas trans y el continuo pago de la ilegítima deuda externa, en desmedro de la inversión en políticas sociales de inclusión para las personas GLTBs.
Al mismo tiempo, denuncian que las IFIs se han apropiado del discurso de la igualdad y la no-discriminación, pero que las políticas neoliberales que imponen provocan lo contrario. Producen la discriminación y segregación de las personas GLTBs privadas del acceso a sistemas de salud privatizados, el agravamiento de la pandemia del HIV-SIDA con políticas mercantilistas donde la vida de las personas pasa a segundo plano y la implementación de políticas educativas que cumplen un papel de legitimación del capitalismo y apuntan a la propagación de la intolerancia y la exclusión, creando "mercados educativos" en los cuales la educación por el respeto a la diversidad, la no-violencia y la cultura de la paz no tienen espacio.
Concluyen convocando a otras organizaciones GLTBs a sumarse y movilizarse en el marco de la Semana de Acción, junto a grupos de mujeres y feministas, contra las políticas de las IFIs y la mercantilización de las identidades con el fin de expandir el "nuevo mercado gay".
Aqui encontrará el pronunciamiento de las organizaciones GLTBs
Puede consultar las noticias de la Semana Global contra la Deuda en www.debtweek.org
Enviado por: Área Géneros Jubileo Sur/Américas generos.jsa@gmail.com Por un mundo nuevo sin opresión sexual, de género ni de clase
http://www.insurrectasypunto.org/0329lgbtti18oct_contraladeuda_lapobreza_elfmi.htm
Fuente: http://boletindiversidad.blogspot.com 18/10/2008
Distintas redes y organizaciones de personas gays, lesbianas, trans y bisexuales de América Latina se sumaron a la Semana de Acción Global contra la Deuda y las Instituciones Financieras Internacionales. En el comunicado difundido afirman que las personas GLTBs se ven afectadas específicamente por su orientación sexual e identidad de género por las políticas propiciadas por las IFIs, en cuanto a las condicionalidades impuestas para la implementación de programas de prevención y atención de personas con HIV-SIDA, las políticas sanitarias que apuntan a la privatización del sistema de salud público, único lugar de atención de las personas trans y el continuo pago de la ilegítima deuda externa, en desmedro de la inversión en políticas sociales de inclusión para las personas GLTBs.
Al mismo tiempo, denuncian que las IFIs se han apropiado del discurso de la igualdad y la no-discriminación, pero que las políticas neoliberales que imponen provocan lo contrario. Producen la discriminación y segregación de las personas GLTBs privadas del acceso a sistemas de salud privatizados, el agravamiento de la pandemia del HIV-SIDA con políticas mercantilistas donde la vida de las personas pasa a segundo plano y la implementación de políticas educativas que cumplen un papel de legitimación del capitalismo y apuntan a la propagación de la intolerancia y la exclusión, creando "mercados educativos" en los cuales la educación por el respeto a la diversidad, la no-violencia y la cultura de la paz no tienen espacio.
Concluyen convocando a otras organizaciones GLTBs a sumarse y movilizarse en el marco de la Semana de Acción, junto a grupos de mujeres y feministas, contra las políticas de las IFIs y la mercantilización de las identidades con el fin de expandir el "nuevo mercado gay".
Aqui encontrará el pronunciamiento de las organizaciones GLTBs
Puede consultar las noticias de la Semana Global contra la Deuda en www.debtweek.org
Enviado por: Área Géneros Jubileo Sur/Américas generos.jsa@gmail.com Por un mundo nuevo sin opresión sexual, de género ni de clase
http://www.insurrectasypunto.org/0329lgbtti18oct_contraladeuda_lapobreza_elfmi.htm
La discriminación e ignorancia del oscurantismo religioso frente a los argumentos serios alrededor de la fertilización in vitro
Entrevista.
‘Por lo menos, hay algo que ofrecer’
Pionero de la fertilización in vitro, en el país, Escalante analiza el impacto del fallo del Tribunal Superior de lo Contencioso y Civil de Hacienda, que el miércoles anterior le abrió de nuevo la puerta a esa técnica de reproducción asistida. Su criterio técnico fue básico para esta polémica resolución que ya levantó críticas y aplausos en el país.
Ángela Ávalos R.
Este fallo plantea tres cosas: que la fertilización in Vitro no está prohibida en el país, que la infertilidad es una discapacidad y la obligación de la Caja de hacer el tratamiento… ¿Cuál es su opinión?
A mí me desconcertaron prácticamente los tres puntos que me acabas de citar. Efectivamente, hay que deducir de acuerdo con el fallo de la Sala Constitucional que la fertilización in vitro no estaba prohibida. Pero sí es muy claro que estaba prohibida en el tanto y cuanto se practicara como se estaba practicando según el decreto antes del año 2000.
Yo supongo que estos jueces vieron que con el adelanto de la técnica podía tener lugar en Costa Rica un modelo diferente. Y llegaron a irse al extremo, en mi criterio, de considerar que se podía realizar la fertilización in vitro con base en la fertilización de un solo óvulo. Punto número uno que me sorprendió porque esa no es la técnica universalmente empleada en fertilización in vitro.
Porque se sigue partiendo en Costa Rica de que todo óvulo fertilizado es un recién nacido. Y ya se tiene literatura abundante de que esto no es así. De que la misma madre naturaleza selecciona: de cien embriones humanos, un porcentaje mucho mayor al 50% nunca llegaría a generar un embarazo en condiciones naturales. De los que implantan, muchos abortan espontáneamente.
Lo que sí es interesante es que a los jueces les quedó claro ahora –que no fue así en el 2000–, que se ha depurado tanto la técnica, que ya ningún centro serio ve la transferencia de más de dos embriones con buenos ojos. Y no por normativas legales, sino porque tienen temor a generar embarazos múltiples, que a la larga, más que un éxito son un fracaso de la técnica.
Pero haciendo matemáticas simples, a más embriones más posibilidades de embarazo.
Claro, porque es más probable que alguno sea sano.
¿Será que no entendieron ellos el razonamiento que usted dio de que la transferencia de un único embrión obligaría a múltiples ciclos?
Recuerdo muy claramente que alguno de los jueces me hizo la pregunta de si la fertilización in vitro podría ser practicada con la fecundación de un solo óvulo y la transferencia de un solo embrión. Y yo le contesté que obviamente que sí, solo que le aclaré de una manera muy simple que bajo esas condiciones el porcentaje de éxito de la técnica bajaba de una forma impresionante hasta casi ubicarse entre un 8% y 10% de los casos que se hicieran.
Que desde ese punto de vista se podría practicar la técnica pero se genera un problema clínico porque todo acto médico tiene que estar normado por lo que se considera costo versus beneficio.
Y cuando un médico realiza algo que va contra las estadísticas, a no ser que ya no haya otra alternativa, éticamente no es correcto. ¡Muy importante!
Con solo leer la sentencia, se concluye que los jueces se basaron en su criterio técnico. Y uno se pregunta cómo se aseguraría un embarazo con la transferencia de un único embrión…
Si nosotros siguiéramos al pie de la letra el pronunciamiento de los jueces de lo contencioso, estaríamos reproduciendo en el laboratorio lo que la naturaleza hace todos los meses: tomaríamos un único óvulo, lo trataríamos de fertilizar, se fertilizaría, generaría un embrión que se transferiría y que, posiblemente, en la mayor parte de los casos no tiene la capacidad de generar un feto sano y un recién nacido normal.
En esos términos, no habría razón para la fertilización in vitro…
Es que todo es un concepto matemático. Cuando un juez me preguntó si sería conveniente autorizar la fertilización in vitro con la transferencia de un solo embrión, yo le dije que la pregunta era difícil pero que mi respuesta podría ser un poco abstracta: para el que no ve, ver algo es mucho. Es peor no ver nada.
La otra cosa importante es que dentro de las bases constitutivas de la Carta Magna, la Caja tiene el deber de atender la salud de la población. Segundo, la infertilidad es una enfermedad susceptible de ser tratada por un millón de razones, no solo por tener un hijo.
Desde ese punto de vista, la seguridad social tendría que llegar a practicar la fertilización in vitro bajo este modelo. Evidentemente, la diferencia con otros centros sería estadística y metodológica, pero también tenemos que considerar que la paciente ya no tiene que salir del país, que se ahorra los costos de medicamentos, casi llegaría a considerarse la fertilización in vitro de un solo óvulo para transferir un solo embrión como una inseminación relativamente avanzada y compleja. Desde ese punto de vista, por lo menos habría algo que ofrecerle a la gente. Hoy en día no hay nada que ofrecerle.
La tercera cosa importante es la discriminación, básicamente el hecho de que una persona con una discapacidad física como la incapacidad de reproducirse, se le condena a ni siquiera ayudarlo para que supere su problema.
¿Es este el modelo ideal?
Este no es el modelo ideal. Cuando me hicieron esa pregunta yo les contesté claramente de que de poder hacerse se puede hacer. Que no es el ideal por los resultados que produce y por la tasa natural de fracaso que conlleva.
Me parece que este tribunal analizó la resolución final de la Sala y abrió el portillo para el cambio de la técnica y se fue por el lado de la transferencia de un solo óvulo.
LA NACIÓN, 18 de octubre de 2008
‘Por lo menos, hay algo que ofrecer’
Pionero de la fertilización in vitro, en el país, Escalante analiza el impacto del fallo del Tribunal Superior de lo Contencioso y Civil de Hacienda, que el miércoles anterior le abrió de nuevo la puerta a esa técnica de reproducción asistida. Su criterio técnico fue básico para esta polémica resolución que ya levantó críticas y aplausos en el país.
Ángela Ávalos R.
Este fallo plantea tres cosas: que la fertilización in Vitro no está prohibida en el país, que la infertilidad es una discapacidad y la obligación de la Caja de hacer el tratamiento… ¿Cuál es su opinión?
A mí me desconcertaron prácticamente los tres puntos que me acabas de citar. Efectivamente, hay que deducir de acuerdo con el fallo de la Sala Constitucional que la fertilización in vitro no estaba prohibida. Pero sí es muy claro que estaba prohibida en el tanto y cuanto se practicara como se estaba practicando según el decreto antes del año 2000.
Yo supongo que estos jueces vieron que con el adelanto de la técnica podía tener lugar en Costa Rica un modelo diferente. Y llegaron a irse al extremo, en mi criterio, de considerar que se podía realizar la fertilización in vitro con base en la fertilización de un solo óvulo. Punto número uno que me sorprendió porque esa no es la técnica universalmente empleada en fertilización in vitro.
Porque se sigue partiendo en Costa Rica de que todo óvulo fertilizado es un recién nacido. Y ya se tiene literatura abundante de que esto no es así. De que la misma madre naturaleza selecciona: de cien embriones humanos, un porcentaje mucho mayor al 50% nunca llegaría a generar un embarazo en condiciones naturales. De los que implantan, muchos abortan espontáneamente.
Lo que sí es interesante es que a los jueces les quedó claro ahora –que no fue así en el 2000–, que se ha depurado tanto la técnica, que ya ningún centro serio ve la transferencia de más de dos embriones con buenos ojos. Y no por normativas legales, sino porque tienen temor a generar embarazos múltiples, que a la larga, más que un éxito son un fracaso de la técnica.
Pero haciendo matemáticas simples, a más embriones más posibilidades de embarazo.
Claro, porque es más probable que alguno sea sano.
¿Será que no entendieron ellos el razonamiento que usted dio de que la transferencia de un único embrión obligaría a múltiples ciclos?
Recuerdo muy claramente que alguno de los jueces me hizo la pregunta de si la fertilización in vitro podría ser practicada con la fecundación de un solo óvulo y la transferencia de un solo embrión. Y yo le contesté que obviamente que sí, solo que le aclaré de una manera muy simple que bajo esas condiciones el porcentaje de éxito de la técnica bajaba de una forma impresionante hasta casi ubicarse entre un 8% y 10% de los casos que se hicieran.
Que desde ese punto de vista se podría practicar la técnica pero se genera un problema clínico porque todo acto médico tiene que estar normado por lo que se considera costo versus beneficio.
Y cuando un médico realiza algo que va contra las estadísticas, a no ser que ya no haya otra alternativa, éticamente no es correcto. ¡Muy importante!
Con solo leer la sentencia, se concluye que los jueces se basaron en su criterio técnico. Y uno se pregunta cómo se aseguraría un embarazo con la transferencia de un único embrión…
Si nosotros siguiéramos al pie de la letra el pronunciamiento de los jueces de lo contencioso, estaríamos reproduciendo en el laboratorio lo que la naturaleza hace todos los meses: tomaríamos un único óvulo, lo trataríamos de fertilizar, se fertilizaría, generaría un embrión que se transferiría y que, posiblemente, en la mayor parte de los casos no tiene la capacidad de generar un feto sano y un recién nacido normal.
En esos términos, no habría razón para la fertilización in vitro…
Es que todo es un concepto matemático. Cuando un juez me preguntó si sería conveniente autorizar la fertilización in vitro con la transferencia de un solo embrión, yo le dije que la pregunta era difícil pero que mi respuesta podría ser un poco abstracta: para el que no ve, ver algo es mucho. Es peor no ver nada.
La otra cosa importante es que dentro de las bases constitutivas de la Carta Magna, la Caja tiene el deber de atender la salud de la población. Segundo, la infertilidad es una enfermedad susceptible de ser tratada por un millón de razones, no solo por tener un hijo.
Desde ese punto de vista, la seguridad social tendría que llegar a practicar la fertilización in vitro bajo este modelo. Evidentemente, la diferencia con otros centros sería estadística y metodológica, pero también tenemos que considerar que la paciente ya no tiene que salir del país, que se ahorra los costos de medicamentos, casi llegaría a considerarse la fertilización in vitro de un solo óvulo para transferir un solo embrión como una inseminación relativamente avanzada y compleja. Desde ese punto de vista, por lo menos habría algo que ofrecerle a la gente. Hoy en día no hay nada que ofrecerle.
La tercera cosa importante es la discriminación, básicamente el hecho de que una persona con una discapacidad física como la incapacidad de reproducirse, se le condena a ni siquiera ayudarlo para que supere su problema.
¿Es este el modelo ideal?
Este no es el modelo ideal. Cuando me hicieron esa pregunta yo les contesté claramente de que de poder hacerse se puede hacer. Que no es el ideal por los resultados que produce y por la tasa natural de fracaso que conlleva.
Me parece que este tribunal analizó la resolución final de la Sala y abrió el portillo para el cambio de la técnica y se fue por el lado de la transferencia de un solo óvulo.
LA NACIÓN, 18 de octubre de 2008
Tantos niños abandonados y, sin embargo, insisten en impedir que las parejas del mismo sexo puedan adoptar
Programa de atención a menores en calle cumple dos años
PANI detectó 830 niños vulnerables en las calles
Mayoría de ellos sufre adicciones o explotación laboral
Sindicato denuncia que centro para atender menores no reúne condiciones
Alonso Mata B. amata@nacion.com
El Patronato Nacional de la Infancia (PANI) detectó en los últimos dos años a 830 menores de edad viviendo o trabajando en las calles en condiciones de explotación o alta vulnerabilidad.
La localización de los niños es parte de un programa que lanzó el PANI en setiembre del 2006, cuyo objetivo es atender a la población en esas condiciones.
La meta era “rescatar” a 1.200 infantes en cuatro años, para lo cual contaba con un presupuesto de ¢1.000 millones.
La mayoría de los menores detectados fueron internados en centros de desintoxicación o llevados a residencias de organizaciones no gubernamentales.
Sin embargo, existe un porcentaje que regresa a las calles o rehúsa recibir ayuda.
Estos casos se dan sobre todo en menores de edad que presentan alguna dependencia de sustancias adictivas.
Acciones
La coordinadora de la iniciativa, Marita Vargas, destacó que los resultados han sido positivos e indicó que recientemente incrementaron el número de rondas para detectar a los menores.
Actualmente el PANI, en compañía de la Policía Municipal y la Fuerza Pública, efectúa al menos dos recorridos diarios.
Vargas indicó que al principio del proyecto estos patrullajes se limitaban al cantón central de San José, pero recientemente se extendieron a San Pedro, Moravia, Coronado, Escazú y Curridabat.
Conflicto
En setiembre el PANI inauguró el Centro de Encuentro para Niñez y Adolescencia en Calle, ubicado al costado norte de la Corte Suprema de Justicia.
Allí se atiende a los menores y se les tramita ayudas; no obstante, el inmueble no está concluido y las obras fueron suspendidas.
Aún quedan pendientes la construcción de los espacios de alimentación, descanso, juegos, talleres y gimnasios, por ejemplo.
El sindicato de trabajadores del la institución denunció que actualmente el centro carece de las condiciones para brindar una oportuna ayuda a los infantes.
El secretario, Gilberto Pereira, señaló que el PANI trasladó ¢55 millones del presupuesto de la construcción para “resolver otras necesidades”.
Pereira dijo que se debió dar prioridad al centro de atención.
La Nación intentó obtener una reacción del presidente del PANI, Mario Víquez, pero se encuentra fuera del país.
Pese a ello, autoridades de la institución señalaron que la segunda fase del inmueble comenzará a construirse a inicios del próximo año, y que en las instalaciones actuales se puede dar atención efectiva a la población.
LA NACIÓN, 19 de Octubre de 2008
PANI detectó 830 niños vulnerables en las calles
Mayoría de ellos sufre adicciones o explotación laboral
Sindicato denuncia que centro para atender menores no reúne condiciones
Alonso Mata B. amata@nacion.com
El Patronato Nacional de la Infancia (PANI) detectó en los últimos dos años a 830 menores de edad viviendo o trabajando en las calles en condiciones de explotación o alta vulnerabilidad.
La localización de los niños es parte de un programa que lanzó el PANI en setiembre del 2006, cuyo objetivo es atender a la población en esas condiciones.
La meta era “rescatar” a 1.200 infantes en cuatro años, para lo cual contaba con un presupuesto de ¢1.000 millones.
La mayoría de los menores detectados fueron internados en centros de desintoxicación o llevados a residencias de organizaciones no gubernamentales.
Sin embargo, existe un porcentaje que regresa a las calles o rehúsa recibir ayuda.
Estos casos se dan sobre todo en menores de edad que presentan alguna dependencia de sustancias adictivas.
Acciones
La coordinadora de la iniciativa, Marita Vargas, destacó que los resultados han sido positivos e indicó que recientemente incrementaron el número de rondas para detectar a los menores.
Actualmente el PANI, en compañía de la Policía Municipal y la Fuerza Pública, efectúa al menos dos recorridos diarios.
Vargas indicó que al principio del proyecto estos patrullajes se limitaban al cantón central de San José, pero recientemente se extendieron a San Pedro, Moravia, Coronado, Escazú y Curridabat.
Conflicto
En setiembre el PANI inauguró el Centro de Encuentro para Niñez y Adolescencia en Calle, ubicado al costado norte de la Corte Suprema de Justicia.
Allí se atiende a los menores y se les tramita ayudas; no obstante, el inmueble no está concluido y las obras fueron suspendidas.
Aún quedan pendientes la construcción de los espacios de alimentación, descanso, juegos, talleres y gimnasios, por ejemplo.
El sindicato de trabajadores del la institución denunció que actualmente el centro carece de las condiciones para brindar una oportuna ayuda a los infantes.
El secretario, Gilberto Pereira, señaló que el PANI trasladó ¢55 millones del presupuesto de la construcción para “resolver otras necesidades”.
Pereira dijo que se debió dar prioridad al centro de atención.
La Nación intentó obtener una reacción del presidente del PANI, Mario Víquez, pero se encuentra fuera del país.
Pese a ello, autoridades de la institución señalaron que la segunda fase del inmueble comenzará a construirse a inicios del próximo año, y que en las instalaciones actuales se puede dar atención efectiva a la población.
LA NACIÓN, 19 de Octubre de 2008
viernes, 17 de octubre de 2008
Extravagancias homofóbicas
Helio Gallardo
Catedrático UCR
La posibilidad de que en Costa Rica las parejas homosexuales alcancen una legislación (unión civil) que resguarde jurídicamente su vínculo sentimental y humano, en tanto ciuda-danos, ha precipitado una reacción ultraconservadora propia de un país en el cual la gente común no es hipócrita ni beatona, pero en el que sí lo son algunas de sus autodeclaradas conducciones 'culturales'. Incluye, desde luego, aparatos clericales que se dicen 'cristianos'. El punto ni es raro ni debería causar admiración.
Algunos 'argumentos' homofóbicos, sin embargo, causan, además de sonrojo ajeno, un amago de hilaridad. Un señor de apellidos González De Haro (escritor, dice él), por ejem-plo, señala que "por definición, homofobia es odio al hombre, y por extensión, fobia a la raza humana" (LN, 19/09/08). En el fondo lleva razón: los homofóbicos pueden obsesiva-mente llegar a odiar la diversidad propia de la especie humana, pero nuestro escritor con-funde la raíz griega "ómo" (homo), que remite a "igual" o semejante, como en homogéneo y homosexual, con el referente latino "homo", hominis (hombre) que designa a la especie. Por supuesto, la ignorancia no impide a nadie odiar, conspirar o discriminar.
Ge de Hache no está solo. Grotesca, la jerarquía católica juzga al homosexual como un enfermo (aberración, escriben) y admite en sus templos solo a homosexuales que no practi-can (o sea, que no lo son). La homosexualidad es una opción tan natural como la hetero-sexualidad en la especie humana, solo que de minoría. La idea de que los homosexuales son aberrados lleva a Ge de Hache a denunciar que si se legaliza la unión civil entre personas de igual (omo) sexo "Niños y niñas (…) podrán jugar con penes y vaginas, y prestarse como juguete/objeto a todo tipo de perversión de adultos enfermos, quienes tendrán la ley de su lado". Fijar a los homosexuales como enfermos facilita asociarlos con degenerados y criminales. Este imaginario es nutrido por deseos de encierro y muerte para homosexuales, mujeres y varones.
En Costa Rica la práctica homosexual no es delito (como sí lo es en Jamaica, Guyana y Trinidad Tobago). Al no ser delito, se sigue que los ciudadanos homosexuales pueden aspi-rar a la igualdad jurídica, tal como los ciudadanos heterosexuales. No ser sujetos de esa igualdad los haría objeto de discriminación. Se violarían sus derechos humanos.
Por eso llama la atención que funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones avalen que un referéndum resuelva si los homosexuales pueden legalizar su unión. Opción sexual e institucionalización legal de ella son asuntos personales e íntimos que no se pueden resolver (aprobar ni proscribir) por el voto de una mayoría heterosexual circunstancial.
Si este referéndum se aprueba y materializa, Costa Rica verá aumentar el número de turis-tas. En efecto, vendrán gentes de todas las galaxias para ver las fachas de una población que resuelve en el siglo XXI, mediante voto vinculante, la existencia íntima de una minoría legí-tima aunque culturalmente discriminada.
SEMANARIO UNIVERSIDAD, 15 al 21 de octubre
Helio Gallardo
Catedrático UCR
La posibilidad de que en Costa Rica las parejas homosexuales alcancen una legislación (unión civil) que resguarde jurídicamente su vínculo sentimental y humano, en tanto ciuda-danos, ha precipitado una reacción ultraconservadora propia de un país en el cual la gente común no es hipócrita ni beatona, pero en el que sí lo son algunas de sus autodeclaradas conducciones 'culturales'. Incluye, desde luego, aparatos clericales que se dicen 'cristianos'. El punto ni es raro ni debería causar admiración.
Algunos 'argumentos' homofóbicos, sin embargo, causan, además de sonrojo ajeno, un amago de hilaridad. Un señor de apellidos González De Haro (escritor, dice él), por ejem-plo, señala que "por definición, homofobia es odio al hombre, y por extensión, fobia a la raza humana" (LN, 19/09/08). En el fondo lleva razón: los homofóbicos pueden obsesiva-mente llegar a odiar la diversidad propia de la especie humana, pero nuestro escritor con-funde la raíz griega "ómo" (homo), que remite a "igual" o semejante, como en homogéneo y homosexual, con el referente latino "homo", hominis (hombre) que designa a la especie. Por supuesto, la ignorancia no impide a nadie odiar, conspirar o discriminar.
Ge de Hache no está solo. Grotesca, la jerarquía católica juzga al homosexual como un enfermo (aberración, escriben) y admite en sus templos solo a homosexuales que no practi-can (o sea, que no lo son). La homosexualidad es una opción tan natural como la hetero-sexualidad en la especie humana, solo que de minoría. La idea de que los homosexuales son aberrados lleva a Ge de Hache a denunciar que si se legaliza la unión civil entre personas de igual (omo) sexo "Niños y niñas (…) podrán jugar con penes y vaginas, y prestarse como juguete/objeto a todo tipo de perversión de adultos enfermos, quienes tendrán la ley de su lado". Fijar a los homosexuales como enfermos facilita asociarlos con degenerados y criminales. Este imaginario es nutrido por deseos de encierro y muerte para homosexuales, mujeres y varones.
En Costa Rica la práctica homosexual no es delito (como sí lo es en Jamaica, Guyana y Trinidad Tobago). Al no ser delito, se sigue que los ciudadanos homosexuales pueden aspi-rar a la igualdad jurídica, tal como los ciudadanos heterosexuales. No ser sujetos de esa igualdad los haría objeto de discriminación. Se violarían sus derechos humanos.
Por eso llama la atención que funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones avalen que un referéndum resuelva si los homosexuales pueden legalizar su unión. Opción sexual e institucionalización legal de ella son asuntos personales e íntimos que no se pueden resolver (aprobar ni proscribir) por el voto de una mayoría heterosexual circunstancial.
Si este referéndum se aprueba y materializa, Costa Rica verá aumentar el número de turis-tas. En efecto, vendrán gentes de todas las galaxias para ver las fachas de una población que resuelve en el siglo XXI, mediante voto vinculante, la existencia íntima de una minoría legí-tima aunque culturalmente discriminada.
SEMANARIO UNIVERSIDAD, 15 al 21 de octubre
Fertilización in vitro y oscurantismo religioso. El debate continúa
El tabú sigue vigente
La oposición a la fertilización in vitro más que legal o ética, es religiosa
César Barrantes
Periodista
El 15 de marzo del año 2000, la Sala Constitucional dejó sin efecto el decreto que permitía y reglamentaba la fertilización in vitro. Ocho años después, el 14 de octubre del 2008, el Tribunal Superior de lo Contencioso y Civil de Hacienda avala que se vuelva a practicar, aunque con una variante metodológica que solo permite fecundar un óvulo y prohíbe que se congelen o desechen otros ( La Nación , El País, 15/10/08 ).
Amparados en los avances médicos, los jueces del Tribunal abren el portillo legal para la fertilización in vitro, pero sin contrariar ni comprometer el argumento original de los magistrados, quienes se apegaron al artículo 31 del Código Civil, que establece: “El embrión humano es persona desde el momento de la concepción, por lo que no puede ser tratado como objeto, para fines de investigación, ser sometido a procesos de selección, conservado en congelación, y lo que es fundamental para la Sala, no es legítimo constitucionalmente que sea expuesto a un riesgo desproporcionado de muerte”.
Concepto teológico
Es loable desde todo punto de vista la decisión de las autoridades de permitir la fecundación in vitro, pero preocupa que el concepto que incubó la prohibición siga vigente, a pesar de su origen estrictamente teológico, o sea, no científico, ni avalado por evidencias, sino por creencias. Paradójicamente, los avances médicos ayudan a perpetuar ideas que solo tienen asidero a la luz de la fe dogmática.
En el fondo, el fallo de los magistrados y en que coincide el Tribunal se apega a lo establecido por la Iglesia Católica: “La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida”. (Cfr. CDF, instr. Donum vitae 1, 1).
Esa similitud entre ley canónica y civil no es fruto de la coincidencia, sino de la enorme influencia de la religión en las decisiones que se toman en el país desde hace mucho tiempo ¿Es eso correcto?
Idea sin fundamento
El argumento para desaprobar la fertilización in vitro es que desde el momento de la unión del espermatozoide con el óvulo (el cigoto) hay un ser humano completo, como usted o como yo, idea que carece de fundamentos verificables ni toma en cuenta los más recientes descubrimientos sobre la gestación. Se sabe que el cigoto posee en un momento determinado unas 150 células, mientras que el cerebro de una mosca tiene 100.000…; de hecho, al rascarse la nariz una persona destruye más células que las que conforman un cigoto.
Llegado a ese punto, cabe hacerse la pregunta: ¿es humano un cigoto? La respuesta, aunque cueste digerirla, es no; de hecho, al cumplir el mes de gestación (la in vitro se realiza en los primeros días) somos idénticos a las demás criaturas placentarias, incluso presentamos cosas como algo parecido a aletas, branquias y cola, no mostramos ningún signo reconocible de humanidad, y hasta la quinta semana de formación aparece algo parecido a un cerebro primitivo.
La oposición a la fertilización in vitro, más que legal o ética, es religiosa, y lo que es dogma no necesariamente es verdad, apegado a la realidad ni al progreso de la sociedad humana. Si bien los jueces acertaron en permitir la fertilización in vitro, erraron en avalar un argumento discutible y de ningún modo infalible.
Una interrogante que queda en el aire: ¿Es saludable que una sociedad base sus leyes en creencias improbables y cada día más cuestionadas? Es necesario recordar las palabras del escritor sueco Sven Lindqvist : “Tú y yo sabemos lo suficiente, no nos falta conocimiento, sino coraje para aceptarlo y sacar conclusiones”. Aunque en principio hicieron un gran bien, las autoridades también aplazaron la urgente necesidad que tenemos como sociedad democrática de discutir los temas sin tabúes, prejuicios ni conceptos religiosos, que de racionales tienen más bien poco.
LA NACIÓN, 17 de Octubre de 2008
La oposición a la fertilización in vitro más que legal o ética, es religiosa
César Barrantes
Periodista
El 15 de marzo del año 2000, la Sala Constitucional dejó sin efecto el decreto que permitía y reglamentaba la fertilización in vitro. Ocho años después, el 14 de octubre del 2008, el Tribunal Superior de lo Contencioso y Civil de Hacienda avala que se vuelva a practicar, aunque con una variante metodológica que solo permite fecundar un óvulo y prohíbe que se congelen o desechen otros ( La Nación , El País, 15/10/08 ).
Amparados en los avances médicos, los jueces del Tribunal abren el portillo legal para la fertilización in vitro, pero sin contrariar ni comprometer el argumento original de los magistrados, quienes se apegaron al artículo 31 del Código Civil, que establece: “El embrión humano es persona desde el momento de la concepción, por lo que no puede ser tratado como objeto, para fines de investigación, ser sometido a procesos de selección, conservado en congelación, y lo que es fundamental para la Sala, no es legítimo constitucionalmente que sea expuesto a un riesgo desproporcionado de muerte”.
Concepto teológico
Es loable desde todo punto de vista la decisión de las autoridades de permitir la fecundación in vitro, pero preocupa que el concepto que incubó la prohibición siga vigente, a pesar de su origen estrictamente teológico, o sea, no científico, ni avalado por evidencias, sino por creencias. Paradójicamente, los avances médicos ayudan a perpetuar ideas que solo tienen asidero a la luz de la fe dogmática.
En el fondo, el fallo de los magistrados y en que coincide el Tribunal se apega a lo establecido por la Iglesia Católica: “La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida”. (Cfr. CDF, instr. Donum vitae 1, 1).
Esa similitud entre ley canónica y civil no es fruto de la coincidencia, sino de la enorme influencia de la religión en las decisiones que se toman en el país desde hace mucho tiempo ¿Es eso correcto?
Idea sin fundamento
El argumento para desaprobar la fertilización in vitro es que desde el momento de la unión del espermatozoide con el óvulo (el cigoto) hay un ser humano completo, como usted o como yo, idea que carece de fundamentos verificables ni toma en cuenta los más recientes descubrimientos sobre la gestación. Se sabe que el cigoto posee en un momento determinado unas 150 células, mientras que el cerebro de una mosca tiene 100.000…; de hecho, al rascarse la nariz una persona destruye más células que las que conforman un cigoto.
Llegado a ese punto, cabe hacerse la pregunta: ¿es humano un cigoto? La respuesta, aunque cueste digerirla, es no; de hecho, al cumplir el mes de gestación (la in vitro se realiza en los primeros días) somos idénticos a las demás criaturas placentarias, incluso presentamos cosas como algo parecido a aletas, branquias y cola, no mostramos ningún signo reconocible de humanidad, y hasta la quinta semana de formación aparece algo parecido a un cerebro primitivo.
La oposición a la fertilización in vitro, más que legal o ética, es religiosa, y lo que es dogma no necesariamente es verdad, apegado a la realidad ni al progreso de la sociedad humana. Si bien los jueces acertaron en permitir la fertilización in vitro, erraron en avalar un argumento discutible y de ningún modo infalible.
Una interrogante que queda en el aire: ¿Es saludable que una sociedad base sus leyes en creencias improbables y cada día más cuestionadas? Es necesario recordar las palabras del escritor sueco Sven Lindqvist : “Tú y yo sabemos lo suficiente, no nos falta conocimiento, sino coraje para aceptarlo y sacar conclusiones”. Aunque en principio hicieron un gran bien, las autoridades también aplazaron la urgente necesidad que tenemos como sociedad democrática de discutir los temas sin tabúes, prejuicios ni conceptos religiosos, que de racionales tienen más bien poco.
LA NACIÓN, 17 de Octubre de 2008
Retroceso en leyes que protegen a las mujeres frente al maltrato
Retrocede legislación por maltratar o insultar a mujeres
17 de Octubre de 2008San José, (NP)
La Sala IV declaró el miércoles inconstitucional dos artículos de la Ley de Penalización de la violencia contra las mujeres, que castigan con prisión a quien maltrate o insulte a una mujer.Los artículos son el 22 y el 25, que castigan con prisión de seis meses a dos años a quien agreda a la mujer con la que conviven y a quien de manera reiterada “insulte, desvalorice, ridiculice, avergüence o atemorice a una mujer”.
La acción de inconstitucionalidad fue interpuesta por el ciudadano Marco Feoli Villalobos, por cuanto “establecen una serie de tipos penales que violentan los principios de legalidad y tipicidad penal, que constituyen una garantía para todas las personas, de que cualquier conducta que se repute como delictiva debe estar claramente descrita en una figura penal”.
De acuerdo con el voto 15447-08 la decisión de los magistrados tiene efectos declarativos y retroactivos, pero tres magistrados salvaron el voto y declararon sin lugar la acción.El Artículo 22 refiere el Maltrato: A quien de manera grave o reiterada agreda o lesione físicamente a una mujer con quien mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no, se le impondrá una pena de prisión de seis meses a dos años, siempre que la agresión o lesión infringida no constituya un delito de lesiones graves o gravísimasArtículo 25 sobre Violencia emocional: Será sancionada con pena de prisión de seis meses a dos años, la persona que, reiteradamente y de manera pública o privada, insulte, desvalorice, ridiculice, avergüence o atemorice a una mujer con quien mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no.
Feoli señaló que las normas se impugnan en cuanto establecen una serie de tipos penales que violentan los principios de legalidad y tipicidad penal, que constituyen una garantía para todas las personas, de que cualquier conducta que se repute como delictiva debe estar claramente descrita en una figura penal.
Feoli aseguró que esos artículos infringen lo dispuesto en los artículos 28, 37, 39, 40 y 41 de la Constitución Política; 5.2, 7.2 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 3, 5, 11 y 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
El voto también rechaza de plano la acción en cuanto al artículo 27 de la Ley de Penalización de Violencia contra las Mujeres, número 8589.“Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”, concluyó la Sala IV.
NUESTRO PAIS, www.elpais.co.cr
INAMU teme incremento de agresión de mujeres
Fuente: http://www.informa-tico.com/index.php?seccion=articulo&edicion=20081017&ref=17-10-08010005
La presidenta ejecutivo del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), Jeannette Carrillo, advirtió sobre el peligro de un incremento en las agresiones contra las mujeres, debido a la decisión de la Sala IV que declaró inconstitucionales dos artículos de la Ley de Penalización de la violencia contra la mujer.
Por Arturo Gudiño
La Sala IV dejó sin efectos los artículos 22 y 25 de la ley, lo que a juicio de Carrillo envía un mensaje de impunidad y podría provocar una oleada de agresiones, porque varias decenas de hombres que penan cárcel por los delitos que establecían esos artículos tendrán que ser puestos en libertad de inmediato.
En la Asamblea Legislativa, el diputado del Partido Acción Ciudadana (PAC), Alberto Salom, hizo un llamado en el plenario a rectificar los eventuales errores que contendrían los dos artículos declarados inconstitucionales, a lo que se sumó la socialcristiana Ana Helena Chacón, que advirtió que unos 70 hombres que guardan prisión serían liberados y que eso representaba un peligro para sus esposas o compañeras que los denunciaron por violencia.
La ley fue aprobada en mayo del 2007 luego de varios años de lucha de las organizaciones de mujeres que pedían tipos penales más fuertes contra las agresiones de sus parejas, y puso al país como una de las naciones más avanzadas en materia penal en ese campo.
Mientras, el abogado de familia, Pedro Beirute, dijo que no había motivo alguno para escandalizarse o preocuparse por la decisión de la Sala, que hizo lo que tenía que hacer a tenor de la Constitución.
"Para mi esta decisión es intrascendente, porque hay un Código Penal que responde a las conductas delictivas de los agresores en contra de mujeres. Esto no viene a hacer una gran diferencia", dijo Beirute.
Sala voto 4-3
El voto de la Sala, que se produjo el miércoles y fue dado a conocer el jueves, señala que quedaron sin efecto los artículos 22 y 25 de la ley.
Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reseñese este pronunciamiento en el diario oficial La Gaceta", dice la resolución, en la que salvaron el voto los magistrados Ana Virginia Calzada, Adrián Vargas y Fernando Cruz.
Los artículos declarados inconstitucionales son el 22, referido a maltrato y que establece que una pena de seis meses a dos años de prisión a "quien de manera grave o reiterada agreda o lesione físicamente a una mujer con quien mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no, siempre que la agresión o lesión infringida no constituya un delito de lesiones graves o gravísimas".
La Sala también anuló el artículo 25, que reza que "será sancionada con pena de prisión de seis meses a dos años, la persona que, reiteradamente y de manera pública o privada, insulte, desvalorice, ridiculice, avergüence o atemorice a una mujer con quien mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no.
Carrillo pone el grito al cielo
La jerarca del INAMU dijo que el fallo había provocado gran preocupación "porque se está dando un mensaje de impunidad a la sociedad".
Dijo que la Sala Constitucional dejó sin efectos "dos de los artículos que estaban siendo más utilizados por las mujeres para denunciar situaciones de agresión física. Hay varios privados de libertad por esos artículos, que ahora quedarán en libertad".
"Los agresores van a ser liberados, con un mensaje peligroso de que lo que hacían o hicieron a sus compañeras o esposas ya no no es delito y lo pueden seguir cometiendo. Nos preocupa lo que pueda ocurrir", afirmó Carrillo.
Carrillo dijo que muchas mujeres estarían a partir de ahora en una situación de emergencia, y "corresponderá a las autoridades garantizarles su vida y su integridad física".
Carrillo adelantó que el próximo 25 de noviembre, Día Internacional de la No violencia contra las mujeres, "seguramente tendremos que desfilar con un lazo negro".
Carrillo dijo que ahora se volver a utilizar el Código Penal que castiga con días multa, como una simple contravención, situaciones de agresión y amenaza contra las mujeres.
Recordó el caso de Maureen Hidalgo, esposa del abogado Luis Fernando Burgos, que vivió un circulo de violencia que comenzó con amenazas y luego maltratos, para culminar en su asesinato, "porque la violencia doméstica sigue una lógica de espiral".
Pedro Beirute afirma que "no es para tanto"
Mientras, el abogado Pedro Beirute, que siempre se opuso a la ley , dijo que la Sala lo que estaba reconociendo es que las figuras de homicidio, lesiones graves, gravísimas o demás ya están contenidas en el Código Penal.
" Para mí la Ley de Penalización contra la violencia doméstica más bien vino a agravar todas las distancias y las diferencias de género que hay en este país, porque ya hay un Código Penal que establece expresamente todo lo relacionado con los homicidios", declaró.
Beirute señaló además que el asunto no es cambiar de nombre a los delitos, y que en vez del homicidio se le llame femicidio, "porque eso se hizo desde hace tiempo en México y Guatemala y eso no ha detenido los asesinatos de mujeres".
"Este problema en Costa Rica es de educación y de prevención y de meter a la cárcel al montón de agresores que andan sueltos. Pero no de mas leyes y leyes. Esta ley vino a reiterar a repetir las mismas figuras delictivas ya tipificadas".
Beirute dijo que la decisión de la Sala podría abrir el camino para que "uno a uno los artículos de la ley de violencia doméstico vayan a ser impugnados y la ley termine por caerse".Dijo que la solución es que "en el Código Penal, donde dice homicidio, le pongan homicidio y femicidio, para que ya no sigan con esa majadería de lucha de género, de hombres y mujeres".
Beirute advirtió que la decisión de la Sala IV, servirá de "caldo de cultivo para que las organizaciones feministas y montones de muchachas se sientan agraviadas y entonces vuelvan a repetir que esta es una sociedad machista, pero eso no es cierto".Sin embargo, negó que eso sea así. "Por favor, más bien las leyes son feministas. Además, aquí ya las agresiones están casi igualadas, vea las cifras de infidelidad, ya casi empatan".
INFORMATICO, www.informatico.com
17 de Octubre de 2008San José, (NP)
La Sala IV declaró el miércoles inconstitucional dos artículos de la Ley de Penalización de la violencia contra las mujeres, que castigan con prisión a quien maltrate o insulte a una mujer.Los artículos son el 22 y el 25, que castigan con prisión de seis meses a dos años a quien agreda a la mujer con la que conviven y a quien de manera reiterada “insulte, desvalorice, ridiculice, avergüence o atemorice a una mujer”.
La acción de inconstitucionalidad fue interpuesta por el ciudadano Marco Feoli Villalobos, por cuanto “establecen una serie de tipos penales que violentan los principios de legalidad y tipicidad penal, que constituyen una garantía para todas las personas, de que cualquier conducta que se repute como delictiva debe estar claramente descrita en una figura penal”.
De acuerdo con el voto 15447-08 la decisión de los magistrados tiene efectos declarativos y retroactivos, pero tres magistrados salvaron el voto y declararon sin lugar la acción.El Artículo 22 refiere el Maltrato: A quien de manera grave o reiterada agreda o lesione físicamente a una mujer con quien mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no, se le impondrá una pena de prisión de seis meses a dos años, siempre que la agresión o lesión infringida no constituya un delito de lesiones graves o gravísimasArtículo 25 sobre Violencia emocional: Será sancionada con pena de prisión de seis meses a dos años, la persona que, reiteradamente y de manera pública o privada, insulte, desvalorice, ridiculice, avergüence o atemorice a una mujer con quien mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no.
Feoli señaló que las normas se impugnan en cuanto establecen una serie de tipos penales que violentan los principios de legalidad y tipicidad penal, que constituyen una garantía para todas las personas, de que cualquier conducta que se repute como delictiva debe estar claramente descrita en una figura penal.
Feoli aseguró que esos artículos infringen lo dispuesto en los artículos 28, 37, 39, 40 y 41 de la Constitución Política; 5.2, 7.2 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 3, 5, 11 y 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
El voto también rechaza de plano la acción en cuanto al artículo 27 de la Ley de Penalización de Violencia contra las Mujeres, número 8589.“Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”, concluyó la Sala IV.
NUESTRO PAIS, www.elpais.co.cr
INAMU teme incremento de agresión de mujeres
Fuente: http://www.informa-tico.com/index.php?seccion=articulo&edicion=20081017&ref=17-10-08010005
La presidenta ejecutivo del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), Jeannette Carrillo, advirtió sobre el peligro de un incremento en las agresiones contra las mujeres, debido a la decisión de la Sala IV que declaró inconstitucionales dos artículos de la Ley de Penalización de la violencia contra la mujer.
Por Arturo Gudiño
La Sala IV dejó sin efectos los artículos 22 y 25 de la ley, lo que a juicio de Carrillo envía un mensaje de impunidad y podría provocar una oleada de agresiones, porque varias decenas de hombres que penan cárcel por los delitos que establecían esos artículos tendrán que ser puestos en libertad de inmediato.
En la Asamblea Legislativa, el diputado del Partido Acción Ciudadana (PAC), Alberto Salom, hizo un llamado en el plenario a rectificar los eventuales errores que contendrían los dos artículos declarados inconstitucionales, a lo que se sumó la socialcristiana Ana Helena Chacón, que advirtió que unos 70 hombres que guardan prisión serían liberados y que eso representaba un peligro para sus esposas o compañeras que los denunciaron por violencia.
La ley fue aprobada en mayo del 2007 luego de varios años de lucha de las organizaciones de mujeres que pedían tipos penales más fuertes contra las agresiones de sus parejas, y puso al país como una de las naciones más avanzadas en materia penal en ese campo.
Mientras, el abogado de familia, Pedro Beirute, dijo que no había motivo alguno para escandalizarse o preocuparse por la decisión de la Sala, que hizo lo que tenía que hacer a tenor de la Constitución.
"Para mi esta decisión es intrascendente, porque hay un Código Penal que responde a las conductas delictivas de los agresores en contra de mujeres. Esto no viene a hacer una gran diferencia", dijo Beirute.
Sala voto 4-3
El voto de la Sala, que se produjo el miércoles y fue dado a conocer el jueves, señala que quedaron sin efecto los artículos 22 y 25 de la ley.
Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reseñese este pronunciamiento en el diario oficial La Gaceta", dice la resolución, en la que salvaron el voto los magistrados Ana Virginia Calzada, Adrián Vargas y Fernando Cruz.
Los artículos declarados inconstitucionales son el 22, referido a maltrato y que establece que una pena de seis meses a dos años de prisión a "quien de manera grave o reiterada agreda o lesione físicamente a una mujer con quien mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no, siempre que la agresión o lesión infringida no constituya un delito de lesiones graves o gravísimas".
La Sala también anuló el artículo 25, que reza que "será sancionada con pena de prisión de seis meses a dos años, la persona que, reiteradamente y de manera pública o privada, insulte, desvalorice, ridiculice, avergüence o atemorice a una mujer con quien mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no.
Carrillo pone el grito al cielo
La jerarca del INAMU dijo que el fallo había provocado gran preocupación "porque se está dando un mensaje de impunidad a la sociedad".
Dijo que la Sala Constitucional dejó sin efectos "dos de los artículos que estaban siendo más utilizados por las mujeres para denunciar situaciones de agresión física. Hay varios privados de libertad por esos artículos, que ahora quedarán en libertad".
"Los agresores van a ser liberados, con un mensaje peligroso de que lo que hacían o hicieron a sus compañeras o esposas ya no no es delito y lo pueden seguir cometiendo. Nos preocupa lo que pueda ocurrir", afirmó Carrillo.
Carrillo dijo que muchas mujeres estarían a partir de ahora en una situación de emergencia, y "corresponderá a las autoridades garantizarles su vida y su integridad física".
Carrillo adelantó que el próximo 25 de noviembre, Día Internacional de la No violencia contra las mujeres, "seguramente tendremos que desfilar con un lazo negro".
Carrillo dijo que ahora se volver a utilizar el Código Penal que castiga con días multa, como una simple contravención, situaciones de agresión y amenaza contra las mujeres.
Recordó el caso de Maureen Hidalgo, esposa del abogado Luis Fernando Burgos, que vivió un circulo de violencia que comenzó con amenazas y luego maltratos, para culminar en su asesinato, "porque la violencia doméstica sigue una lógica de espiral".
Pedro Beirute afirma que "no es para tanto"
Mientras, el abogado Pedro Beirute, que siempre se opuso a la ley , dijo que la Sala lo que estaba reconociendo es que las figuras de homicidio, lesiones graves, gravísimas o demás ya están contenidas en el Código Penal.
" Para mí la Ley de Penalización contra la violencia doméstica más bien vino a agravar todas las distancias y las diferencias de género que hay en este país, porque ya hay un Código Penal que establece expresamente todo lo relacionado con los homicidios", declaró.
Beirute señaló además que el asunto no es cambiar de nombre a los delitos, y que en vez del homicidio se le llame femicidio, "porque eso se hizo desde hace tiempo en México y Guatemala y eso no ha detenido los asesinatos de mujeres".
"Este problema en Costa Rica es de educación y de prevención y de meter a la cárcel al montón de agresores que andan sueltos. Pero no de mas leyes y leyes. Esta ley vino a reiterar a repetir las mismas figuras delictivas ya tipificadas".
Beirute dijo que la decisión de la Sala podría abrir el camino para que "uno a uno los artículos de la ley de violencia doméstico vayan a ser impugnados y la ley termine por caerse".Dijo que la solución es que "en el Código Penal, donde dice homicidio, le pongan homicidio y femicidio, para que ya no sigan con esa majadería de lucha de género, de hombres y mujeres".
Beirute advirtió que la decisión de la Sala IV, servirá de "caldo de cultivo para que las organizaciones feministas y montones de muchachas se sientan agraviadas y entonces vuelvan a repetir que esta es una sociedad machista, pero eso no es cierto".Sin embargo, negó que eso sea así. "Por favor, más bien las leyes son feministas. Además, aquí ya las agresiones están casi igualadas, vea las cifras de infidelidad, ya casi empatan".
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Buenos Aires: se elimina norma homofóbica que había sido establecida por la dictadura militar derechista
Eliminan en Provincia dos antiguas normas legales que castigaban a homosexuales y travestis
Pilar Ferreyra 16/10/2008
La provincia de Buenos Aires acaba de derogar un polémico inciso del Código de Faltas que permitía detener a homosexuales o lesbianas por el sólo hecho de su identidad sexual. También a travestis por andar con pollera, aún si hubiera estado haciendo fila en la panadería para comprar sándwiches de miga.Sin embargo, desde el 8 de octubre pasado ninguna de estos dos hechos son punibles.
El Senado bonaerense sancionó con fuerza de Ley la modificación de dos artículos del Código de Faltas del Decreto/Ley 8031 del año 1973. La decisión del Congreso bonaerense excluyó el inciso e del artículo 92 que penaba con una multa de hasta el 60 por ciento del salario mensual de la policía bonaerense al "que en la vida diaria se vista y haga pasar como persona de sexo contrario".
Al mismo tiempo derogó el inciso "a" del artículo 69, que castigaba al propietario o encargado de hotel "cuando en sus dependencias se produjere escándalo con motivo de ejercicio de la prostitución o por actitudes o prácticas viciosas de homosexuales".
"En los hechos esta normativa creada por la Dictadura militar, definía que la orientación sexual de una persona homosexual era un vicio o algo negativo", explicó el coordinador del área jurídica de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), Pedro Paradiso Sottile a Clarín.
La CHA, que nació con el objeto de denunciar y pedir la derogación de los códigos de faltas y contravencionales que antes existían en casi todas las provincias del país, ahora sólo piensa ir detrás del artículo 68 del Código de Faltas bonaerenses. El que pena la situación de prostitución. Y, además, seguirá dando pelea para que se deroguen los códigos de faltas que aún existen en Catarmarca, Formosa, La Rioja, Mendoza, Neuquén, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe y Santiago del Estero.
http://www.insurrectasypunto.org/0315glbtti16oct_derogan_normas_legales_homo_y_transfobicas.htm
Pilar Ferreyra 16/10/2008
La provincia de Buenos Aires acaba de derogar un polémico inciso del Código de Faltas que permitía detener a homosexuales o lesbianas por el sólo hecho de su identidad sexual. También a travestis por andar con pollera, aún si hubiera estado haciendo fila en la panadería para comprar sándwiches de miga.Sin embargo, desde el 8 de octubre pasado ninguna de estos dos hechos son punibles.
El Senado bonaerense sancionó con fuerza de Ley la modificación de dos artículos del Código de Faltas del Decreto/Ley 8031 del año 1973. La decisión del Congreso bonaerense excluyó el inciso e del artículo 92 que penaba con una multa de hasta el 60 por ciento del salario mensual de la policía bonaerense al "que en la vida diaria se vista y haga pasar como persona de sexo contrario".
Al mismo tiempo derogó el inciso "a" del artículo 69, que castigaba al propietario o encargado de hotel "cuando en sus dependencias se produjere escándalo con motivo de ejercicio de la prostitución o por actitudes o prácticas viciosas de homosexuales".
"En los hechos esta normativa creada por la Dictadura militar, definía que la orientación sexual de una persona homosexual era un vicio o algo negativo", explicó el coordinador del área jurídica de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), Pedro Paradiso Sottile a Clarín.
La CHA, que nació con el objeto de denunciar y pedir la derogación de los códigos de faltas y contravencionales que antes existían en casi todas las provincias del país, ahora sólo piensa ir detrás del artículo 68 del Código de Faltas bonaerenses. El que pena la situación de prostitución. Y, además, seguirá dando pelea para que se deroguen los códigos de faltas que aún existen en Catarmarca, Formosa, La Rioja, Mendoza, Neuquén, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe y Santiago del Estero.
http://www.insurrectasypunto.org/0315glbtti16oct_derogan_normas_legales_homo_y_transfobicas.htm
El problema de la violación en Argentina. Una posición lésbica-feminista
Argumentos, leyes, desvíos. Feminismo y neoconservadurismo: registro de violadores en la Provincia de Buenos Aires
Fuente: Revista Baruyera 17/10/2008
El Senado de la Provincia de Buenos Aires acaba de aprobar un proyecto de ley impulsado por los bloques mayoritarios (FPV y Coalición Cívica) que estipula la creación del llamado “registro provincial de violadores”. En este registro se asentarán la identidad y demás datos personales de los condenados por delitos contra la integridad sexual. Al mismo tiempo, el proyecto de ley estipula la creación de un banco de datos genéticos donde “se incluirán los resultados de los estudios genéticos realizados en todas las investigaciones penales, especialmente en las que se investiguen delitos contra la vida, la integridad sexual, la identidad o la libertad de las personas».
Desde Baruyera esperamos que este proyecto oriente al feminismo local a una profunda reflexión acerca de cómo ciertos argumentos que nuestro movimiento creó con fines emancipatorios, tienen una enorme solvencia política para el neoconservadurismo. Razones por las que no estamos de acuerdo con un registro de violadores, ni con la creación de un banco de datos genéticos:
1. Porque la mayoría de los violadores son conocidos por las mujeres violadas. Están dentro de sus hogares, escuelas, oficinas, clubes, comisarías, parroquias, juzgados, vecindarios. Conocemos sus rostros porque violan a cara descubierta. Y aún denunciándolos a cara descubierta prevalece la indulgencia, la sospecha hacia las víctimas y la impunidad.
2. Porque debilita la credibilidad de las mujeres: asume que la prueba material (el dato genético) es imprescindible/necesario/determinante para hacer valer nuestro derecho a la integridad.
3. Porque no tenemos esperanzas de que los curas o los violadores de prostitutas y travestis estén en el registro. Tampoco nos ilusionamos con que el registro considere violadores a los varones que fuerzan a sus legítimas esposas dentro de una relación matrimonial.
4. Porque alimenta el mito del violador serial y crea un nuevo sujeto: el “violador de baldío”. No promueve cambios sociales, simbólicos ni políticos para reducir la violencia sexual.
5. Porque confiere poder a la policía y no garantiza que los violadores vayan a la cárcel. Al incluir delitos contra la libertad (secuestros) y registrar datos genéticos de “todas las investigaciones penales”, se devela el verdadero deseo que impulsa la ley y que ésta disfraza con argumentos de “protección a la mujer”. Intuimos que seremos la excusa para criminalizar a los sujetos vulnerables de siempre.
6. Porque si consideran que es un delito tan grave, promoverían cambios en las condiciones que hacen posible una violación. Los violadores son varones que se exceden en el ejercicio de poder que el patriarcado pornocapitalista les otorga; poder que ningún juez, periodista, policía, cura o padre de familia cuestiona.
7. Porque la sociedad educa a los niños para que sean violadores y a las niñas para que sean violables, y después los culpabiliza apelando a la responsabilidad individual.
8. Porque penaliza a las personas y no a las acciones, y esto es inconstitucional. Al etiquetar a alguien de por vida se le quita la posibilidad de modificar sus conductas.
9. Porque supone que la sobreviviente de una violación no puede jamás reponerse del trauma, con lo cual sería justo marcar al violador de la misma manera, de por vida. Pero la violación no es un estigma, ni para la víctima ni para el violador. Es un abuso de poder de los más violentos que puedan imaginarse, y uno de los pocos que están penados por ley.
10. Porque nunca fue un objetivo feminista tener un registro de este tipo.
*La construcción de este articulo no hubiera sido posible sin la colaboración invalorable de las personas que forman Colectivo para la Diversidad, que transformaron nuestras intuiciones políticas en argumentos más o menos jurídicos.Revista Baruyera, una tromba lesbiana feministaun año de visibilidad y militancia en las calles y en todas partes
http://www.baruyoaldia.blogspot.com/
Fuente: Revista Baruyera 17/10/2008
El Senado de la Provincia de Buenos Aires acaba de aprobar un proyecto de ley impulsado por los bloques mayoritarios (FPV y Coalición Cívica) que estipula la creación del llamado “registro provincial de violadores”. En este registro se asentarán la identidad y demás datos personales de los condenados por delitos contra la integridad sexual. Al mismo tiempo, el proyecto de ley estipula la creación de un banco de datos genéticos donde “se incluirán los resultados de los estudios genéticos realizados en todas las investigaciones penales, especialmente en las que se investiguen delitos contra la vida, la integridad sexual, la identidad o la libertad de las personas».
Desde Baruyera esperamos que este proyecto oriente al feminismo local a una profunda reflexión acerca de cómo ciertos argumentos que nuestro movimiento creó con fines emancipatorios, tienen una enorme solvencia política para el neoconservadurismo. Razones por las que no estamos de acuerdo con un registro de violadores, ni con la creación de un banco de datos genéticos:
1. Porque la mayoría de los violadores son conocidos por las mujeres violadas. Están dentro de sus hogares, escuelas, oficinas, clubes, comisarías, parroquias, juzgados, vecindarios. Conocemos sus rostros porque violan a cara descubierta. Y aún denunciándolos a cara descubierta prevalece la indulgencia, la sospecha hacia las víctimas y la impunidad.
2. Porque debilita la credibilidad de las mujeres: asume que la prueba material (el dato genético) es imprescindible/necesario/determinante para hacer valer nuestro derecho a la integridad.
3. Porque no tenemos esperanzas de que los curas o los violadores de prostitutas y travestis estén en el registro. Tampoco nos ilusionamos con que el registro considere violadores a los varones que fuerzan a sus legítimas esposas dentro de una relación matrimonial.
4. Porque alimenta el mito del violador serial y crea un nuevo sujeto: el “violador de baldío”. No promueve cambios sociales, simbólicos ni políticos para reducir la violencia sexual.
5. Porque confiere poder a la policía y no garantiza que los violadores vayan a la cárcel. Al incluir delitos contra la libertad (secuestros) y registrar datos genéticos de “todas las investigaciones penales”, se devela el verdadero deseo que impulsa la ley y que ésta disfraza con argumentos de “protección a la mujer”. Intuimos que seremos la excusa para criminalizar a los sujetos vulnerables de siempre.
6. Porque si consideran que es un delito tan grave, promoverían cambios en las condiciones que hacen posible una violación. Los violadores son varones que se exceden en el ejercicio de poder que el patriarcado pornocapitalista les otorga; poder que ningún juez, periodista, policía, cura o padre de familia cuestiona.
7. Porque la sociedad educa a los niños para que sean violadores y a las niñas para que sean violables, y después los culpabiliza apelando a la responsabilidad individual.
8. Porque penaliza a las personas y no a las acciones, y esto es inconstitucional. Al etiquetar a alguien de por vida se le quita la posibilidad de modificar sus conductas.
9. Porque supone que la sobreviviente de una violación no puede jamás reponerse del trauma, con lo cual sería justo marcar al violador de la misma manera, de por vida. Pero la violación no es un estigma, ni para la víctima ni para el violador. Es un abuso de poder de los más violentos que puedan imaginarse, y uno de los pocos que están penados por ley.
10. Porque nunca fue un objetivo feminista tener un registro de este tipo.
*La construcción de este articulo no hubiera sido posible sin la colaboración invalorable de las personas que forman Colectivo para la Diversidad, que transformaron nuestras intuiciones políticas en argumentos más o menos jurídicos.Revista Baruyera, una tromba lesbiana feministaun año de visibilidad y militancia en las calles y en todas partes
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miércoles, 15 de octubre de 2008
El "Partido Accesibilidad sin Exclusión" (PASE) cae en la trampa de sus propias exclusiones
El PASE: prejuicio y contradicción
Luis Paulino Vargas Solís
lpvargas@ice.co.cr
Me refiero al artículo titulado “El PASE, la exclusión y el matrimonio gay”, escrito por el Lic. Víctor Emilio Granados Calvo, Secretario General del Partido PASE (LA PRENSA LIBRE, 2-10-08).
El señor Granados se extiende con amplitud en relación con las distintas formas de discriminación de las que históricamente han sido víctimas las personas con capacidades físicas distintas a las de la mayoría. Al respecto, tan solo diré que es una lucha con la que me solidarizo plenamente, ya que la situación planteada es por completo injusta e inaceptable.
Advierto, sin embargo, que el señor Secretario del PASE muestra en cambio extremada ignorancia y prejuicio cuando se refiere a las personas homosexuales.
Empecemos por aclarar un malentendido básico. Dice Granados: “Una persona homosexual optó y asumió una preferencia”. Esto es simplemente falso. Tampoco las personas heterosexuales eligen ser heterosexuales. Simplemente son así. Dicho de otra forma: la homosexualidad -o la heterosexualidad- son parte consustancial de lo que una persona es. Y, desde luego, nadie debería ser maltratado por ser lo que es. Y, en particular, ninguna persona homosexual debería ser discriminada por tener esa orientación sexual, la cual es simplemente parte intrínseca de su forma de ser.
Hay que entender que la sexualidad humana es diversa. Y que esa diversidad se da naturalmente, como también naturalmente las personas difieren entre sí en tantos otros aspectos, desde el color de la piel hasta el tamaño de la nariz. Sin duda, sería por completo injusto –e incluso aberrado– creer que un rasgo hace de una persona un ser inferior a otra. En realidad, cada rasgo es simplemente otra variante dentro del riquísimo arco iris de lo humano.
Hay otros aspectos en que el señor Granados muestra ignorancia y prejuicio. Primero, afirma que los derechos humanos relacionados con la orientación sexual no están reconocidos. En realidad, múltiples pronunciamientos y acuerdos internacionales muy claramente dejan sentada una posición al respecto. En todo caso, nada resulta más discriminatorio que la afirmación –o la sola insinuación– de que una persona no es discriminada porque sus derechos no han sido reconocidos formalmente. En tal caso habría que decir: el no reconocimiento de derechos es, en sí mismo, una prueba fehaciente de la violencia de la discriminación que se vive. Y en caso de ser cierto –como afirma Granados apelando a la Sala Cuarta– que la Constitución no reconoce derechos a las personas homosexuales, ¿no sería esa la prueba más contundente de cuán fiera es la discriminación que sufre esta minoría en Costa Rica?
Encima de todo, el señor Granados confunde la invisibilización con la falta de discriminación. Afirma que no se conoce un solo caso de discriminación en el trabajo o el estudio o el acceso a un edificio, motivado por razones de orientación sexual. El primer problema, culto señor, es que el odio y el estigma son tan violentos que las personas homosexuales en la mayoría de los casos es ven obligadas a ocultar su condición de tales. Vea usted cuán injusto y violento: ¡ocultar lo que uno es como si de un criminal se tratara, siendo tan solo una persona como cualquiera otra! ¿Podría haber peor ignominia?
La persona homosexual sabe que, de no ocultar su condición y someterse al desgaste terrible de vivir una doble vida, será objeto de chismes sucios –en el mejor de los casos– o de hostigamiento directo, con mayor frecuencia aún. Y sabe, sin la menor duda, que su visibilización como persona homosexual le acarreará problemas incluso en su propio seno familiar, con mucho más razón en sus sitios de trabajo o estudio. Es del caso que, siendo tanto el odio y tan aguda la persecución, la mayoría de las veces ni siquiera se denuncia el maltrato, ya que, de todas formas, se sabe que ello dará lugar a más habladurías y hostigamiento además de que, con mucha certeza, su caso jamás será considerado de forma justa y equitativa, sino que será resuelto a través del cristal distorsionado del prejuicio y la homofobia.
Aclaremos un último detalle. El proyecto de ley de unión civil busca el reconocimiento, a favor de parejas del mismo sexo, de algunos derechos muy básicos, tanto patrimoniales como de otro tipo. Pero esto no resuelve, ni de lejos, el problema de discriminación contra las personas homosexuales. Su aprobación no impedirá la violencia y maltrato que se sufren cotidianamente. Esto último requiere amplios cambios culturales. Implica construir una sociedad mucho más respetuosa, justa y democrática. Pero la aprobación de esta ley daría una buena y muy positiva señal: la de que sí existe voluntad para avanzar en el proceso de construcción de esa sociedad inclusiva. Inclusiva también a favor de las personas discapacitadas como de las homosexuales.
LA PRENSA LIBRE, 15 de octubre de 2008
Luis Paulino Vargas Solís
lpvargas@ice.co.cr
Me refiero al artículo titulado “El PASE, la exclusión y el matrimonio gay”, escrito por el Lic. Víctor Emilio Granados Calvo, Secretario General del Partido PASE (LA PRENSA LIBRE, 2-10-08).
El señor Granados se extiende con amplitud en relación con las distintas formas de discriminación de las que históricamente han sido víctimas las personas con capacidades físicas distintas a las de la mayoría. Al respecto, tan solo diré que es una lucha con la que me solidarizo plenamente, ya que la situación planteada es por completo injusta e inaceptable.
Advierto, sin embargo, que el señor Secretario del PASE muestra en cambio extremada ignorancia y prejuicio cuando se refiere a las personas homosexuales.
Empecemos por aclarar un malentendido básico. Dice Granados: “Una persona homosexual optó y asumió una preferencia”. Esto es simplemente falso. Tampoco las personas heterosexuales eligen ser heterosexuales. Simplemente son así. Dicho de otra forma: la homosexualidad -o la heterosexualidad- son parte consustancial de lo que una persona es. Y, desde luego, nadie debería ser maltratado por ser lo que es. Y, en particular, ninguna persona homosexual debería ser discriminada por tener esa orientación sexual, la cual es simplemente parte intrínseca de su forma de ser.
Hay que entender que la sexualidad humana es diversa. Y que esa diversidad se da naturalmente, como también naturalmente las personas difieren entre sí en tantos otros aspectos, desde el color de la piel hasta el tamaño de la nariz. Sin duda, sería por completo injusto –e incluso aberrado– creer que un rasgo hace de una persona un ser inferior a otra. En realidad, cada rasgo es simplemente otra variante dentro del riquísimo arco iris de lo humano.
Hay otros aspectos en que el señor Granados muestra ignorancia y prejuicio. Primero, afirma que los derechos humanos relacionados con la orientación sexual no están reconocidos. En realidad, múltiples pronunciamientos y acuerdos internacionales muy claramente dejan sentada una posición al respecto. En todo caso, nada resulta más discriminatorio que la afirmación –o la sola insinuación– de que una persona no es discriminada porque sus derechos no han sido reconocidos formalmente. En tal caso habría que decir: el no reconocimiento de derechos es, en sí mismo, una prueba fehaciente de la violencia de la discriminación que se vive. Y en caso de ser cierto –como afirma Granados apelando a la Sala Cuarta– que la Constitución no reconoce derechos a las personas homosexuales, ¿no sería esa la prueba más contundente de cuán fiera es la discriminación que sufre esta minoría en Costa Rica?
Encima de todo, el señor Granados confunde la invisibilización con la falta de discriminación. Afirma que no se conoce un solo caso de discriminación en el trabajo o el estudio o el acceso a un edificio, motivado por razones de orientación sexual. El primer problema, culto señor, es que el odio y el estigma son tan violentos que las personas homosexuales en la mayoría de los casos es ven obligadas a ocultar su condición de tales. Vea usted cuán injusto y violento: ¡ocultar lo que uno es como si de un criminal se tratara, siendo tan solo una persona como cualquiera otra! ¿Podría haber peor ignominia?
La persona homosexual sabe que, de no ocultar su condición y someterse al desgaste terrible de vivir una doble vida, será objeto de chismes sucios –en el mejor de los casos– o de hostigamiento directo, con mayor frecuencia aún. Y sabe, sin la menor duda, que su visibilización como persona homosexual le acarreará problemas incluso en su propio seno familiar, con mucho más razón en sus sitios de trabajo o estudio. Es del caso que, siendo tanto el odio y tan aguda la persecución, la mayoría de las veces ni siquiera se denuncia el maltrato, ya que, de todas formas, se sabe que ello dará lugar a más habladurías y hostigamiento además de que, con mucha certeza, su caso jamás será considerado de forma justa y equitativa, sino que será resuelto a través del cristal distorsionado del prejuicio y la homofobia.
Aclaremos un último detalle. El proyecto de ley de unión civil busca el reconocimiento, a favor de parejas del mismo sexo, de algunos derechos muy básicos, tanto patrimoniales como de otro tipo. Pero esto no resuelve, ni de lejos, el problema de discriminación contra las personas homosexuales. Su aprobación no impedirá la violencia y maltrato que se sufren cotidianamente. Esto último requiere amplios cambios culturales. Implica construir una sociedad mucho más respetuosa, justa y democrática. Pero la aprobación de esta ley daría una buena y muy positiva señal: la de que sí existe voluntad para avanzar en el proceso de construcción de esa sociedad inclusiva. Inclusiva también a favor de las personas discapacitadas como de las homosexuales.
LA PRENSA LIBRE, 15 de octubre de 2008
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